Accesibilidad

    Alerta Volcánica: Amarillo Fase 2

TRAMITES Y SERVICIOS

Unidad Administrativa: Dirección de Imagen Urbana, Gestión Ambiental y Asuntos Jurídicos

Atención a denuncias ciudadanas en materia de Contaminación Ambiental

2.- Clave de Registro del trámite o servicio: SPCH/SDUOTIU/DIU/TRA/35
3.- Acto Administrativo: Servicio

4.- Tipo de Usuario o población a quien va dirigido el trámite o servicio

Todo Ciudadano y/o población afectada por la contingencia ambiental y/o emisiones de olores, ruido, luces, vibraciones, radiaciones u otros agentes vectores de energía

5.- Tema

Medio Ambiente

6.- Clasificación

Ciudadano

7.- Objetivo del trámite

Atender a través de visitas de inspección, las denuncias relativas a contaminación ambiental por emisiones a la atmósfera y ruido, generadas por establecimientos comerciales y de prestación de servicios.

8.- ¿En que casos debe presentarse el trámite o servicio?

Cuando la persona física o jurídica requiera denunciar todo hecho, acto u omisión que contravenga las disposiciones normativas aplicables a efecto de que se proceda a dar la atención, seguimiento y solución correspondiente

9.- Documento que se obtiene

No aplica

10.- Vigencia del documento que se obtiene

No aplica

11.- Requiero cita para realizar el trámite o servicio

No aplica

12. Medio por el que pueden agendar cita

No aplica

13.- Descripción de la Modalidad

Personas físicas y morales

II.- Fundamento legal para la aplicación del trámite

14.- Normatividad aplicable

  • Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla  del Articulo 198 al 202
  • Reglamento Municipal para la Protección del Ambiente Natural de San Pedro Cholula, Puebla del Artículo 215 al 221.

III.- Requisitos

15.- Requisito básico 16.- Descripción del Requisito y de la instancia que lo emite 17.- Presentación del Requisito
Identificación oficial con fotografía vigente   Credencial para votar expedida por el INE, Pasaporte, cartilla militar, cédula profesional. La identificación debe ser del arrendador y del arrendatario Copia

Requisitos por Modalidad:

Requisitos por Modalidad: Persona Moral
18.- Requisito básico 19.- Descripción del Requisito y de la instancia que lo emite 20.- Presentación del Requisito
Acta constitutiva. El acta constitutiva documento obligatorio que da constancia y legalidad a la constitución de una sociedad al momento de crear una empresa emitido por una Notaria Pública  Copia.
Poder notarial. Documento legal que le otorga a una persona la autoridad para designar atribuciones en su representación emitido por la Notaría Pública Copia.
Identificación oficial vigente con
fotografía 
Del representante legal asignado en el poder notarial o acta constitutiva. Identificación oficial expedida por el Instituto Nacional Electoral o pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores o cartilla militar expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional o cédula
profesional expedida por la Secretaría de Educación Pública. 
Copia.

Supuestos generales del trámite que requieren algún requisito adicional

21.- Supuesto general 22. Requisito adicional 23.- Descripción del Requisito e instancia que lo emite 24.- Presentación del Requisito
Si los tramites los realiza un tercero asignado por el propietario Carta poder simple  Firmada por el poderdante, apoderado y 2 testigos y copia de las identificaciones oficiales con fotografía de los firmantes  Original

IV.- Pasos a seguir por modo de atención

25.- Presencial

Acudir a las instalaciones de la Dirección de Imagen Urbana, Gestión Ambiental y Asuntos Jurídicos para ingresar la Solicitud en formato libre con los requisitos completos. Si existen faltantes de documentación o pendientes de entregar se hace de conocimiento al interesado Posterior a la entrega de su solventación, se procede a dar atención a la denuncia Se notifica el seguimiento y/o resolución de la denuncia

26.- En línea

No aplica

27.- Telefónica

No aplica

V.- Formatos para la gestión del trámite

28.- Nombre del formato(s) para la gestión del trámite o servicio

No aplica

29.- Clave de registro

No aplica

30.- Fecha de publicación

No aplica

31.- Link de descarga

No aplica

32.- ¿El trámite se presenta mediante escrito?

Si

33.- Información que debe contener el escrito libre

Solicitud en formato libre dirigida  a la Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana, especificando el asunto: descripción concreta de los hechos, proporcionando la dirección exacta de la ubicación de los hechos que se denuncian, nombre de la calle, número exterior e interior, en su caso, entre calles, colonia, barrio, junta auxiliar, etc. Incluir problemática, nombre del solicitante, dirección y número telefónico para contactarlo.

VI.- Plazos para la conclusión del trámite

34.- Plazo máximo de respuesta

"15 días hábiles Fundamento legal: Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla, Artículo 105, fracción II"

35.- Plazo con el que cuenta el área responsable del trámite para prevenir al solicitante en el caso de que requiera un dato o requisito adicional

5 días hábiles

36.- Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención

5 días hábiles

37.- ¿Aplica Afirmativa Ficta?

No aplica

38.- ¿Aplica Negativa Ficta?

No aplica

VII.- Criterios generales del trámite

39.- Criterios de resolución del trámite

  • Toda la documentación que ingrese se deberá entregar de forma física en un folder color beige
  • Toda la documentación debe ser clara, legible sin tachaduras o enmenduras
  • El plazo establecido empezará a correr a partir de la recepción de la documentación completa y con los criterios referidos en los puntos anteriores. 
  • No se dará tramite a denuncias notoriamente improcedentes o infundadas, aquellas en las que se advierta mala fe, carencia de fundamento o inexistencia de petición.  

40.- Procedente cuando:

Cuando sea notoriamente fundada y motivada.

41.- Improcedente cuando:

Cuando no esté fundada y motivada, exista mala fe o inexistencia de petición.

42.- ¿El trámite requiere inspección, verificación o visita domiciliaria?

Si

43.- Autoridad que está facultada para realizar inspección, verificación o visita domiciliaria

Personal debidamente acreditada por la Dirección de Imagen Urbana, Gestión Ambiental y Asuntos Jurídicos

44.- ¿Cuál es el objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria?

Para constatar la veracidad de la denuncia y en su caso aplicar las medidas preventivas necesarias correspondientes en cumplimiento a las disposiciones normativas vigentes

45.- ¿Qué documentos se deben conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite?

No aplica

VIII.- Área responsable del trámite

46.- Nombre de la Dependencia o Entidad y la Unidad Administrativa Responsable

Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana/Dirección de Imagen Urbana Gestión Ambiental y Asuntos Jurídicos.
47.- Domicilio: Calle 2 Norte No. 403, Planta Baja, Colonia Centro, 72760, San Pedro Cholula, Puebla.(Casa del Pueblo)
48.- Teléfono de Oficina: (222) 7772900
49.- Horario de Atención: 9:00 a 14:00 hrs

50.- Titular del Área Responsable

C. María del Consuelo Reyes Rojas.

51.- Cargo

Directora

52.- Correo electrónico

No aplica

53.- Servidores públicos que validan la información

C. Margarita A. Luna Espinosa C. María del Consuelo Reyes Rojas C. Carlos Uribe Islas

54.- Cargo

Secretaria Directora Supervisor

55.- Correo electrónico

No aplica

IX.- Lugares donde se gestiona el servicio

56.- Nombre de la oficina o recinto

Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana/Dirección de Imagen Urbana Gestión Ambiental y Asuntos Jurídicos.

57.- Tipo de vialidad

Calle

58.- Nombre vialidad

2 Norte

59.-Número exterior

403

60.-Número interior

No aplica

61.- Tipo de asentamiento

Ciudad

62. Nombre del asentamiento

San Pedro Cholula

63.- Nombre de la localidad

San Pedro Cholula

64.- Nombre del municipio

San Pedro Cholula

65.- Nombre del estado

Puebla

66.- Código postal

72760

67.Correo electrónico de contacto

No aplica

68. Teléfono de atención

(222) 7772900

69.- Horario de atención

9:00 a 14:00 horas

Lugar donde se efectúa el pago

No aplica

X.- Costo del trámite

70.- Concepto

Gratuito

71.- Monto

$0,00

72.- Lugares donde se puede realizar el pago

No aplica

73.- Domicilio del lugar donde se efectúa el pago

No aplica

74.-Vigencia y Otros métodos de pago

No aplica

75.- Datos del método de pago

No aplica

76.- Momento en que se debe realizar el pago

No aplica

77.- Fundamento legal para su cobro

No aplica

XI.- Datos de contacto para el envío de consultas, documentos y quejas

78.-Medios electrónicos de comunicación para el envío de consultas y documentos

No aplica

79.- Domicilio físico para el envío de consultas y documentos

Calle 2 Norte No. 403, Planta Baja, Colonia Centro, 72760, San Pedro Cholula, Puebla. (Casa del Pueblo)

80.- Otro medio que permita el envío de consultas y documentos

No aplica

XII.- Medios para presentar inconformidades, quejas o denuncias con motivo del trámite o servicio

81.- Protesta Ciudadana

Presenta tu Protesta Ciudadana si te negaron injustificadamente tu trámite y/o servicio, están solicitando requisitos adicionales o el tiempo de respuesta es mayor a los registrados en la ficha informativa del trámite.

Presencial: Subcontraloría de Mejora Regulatoria de la Contraloría Municipal ubicada en Portal Guerrero No. 3 Altos Col. Centro, San Pedro Cholula, Puebla

Telefónica: (222) 7772900, Ext. 2932

Correo Electrónico: .

82.- Quejas o denuncias

Si eres víctima de actos de corrupción por parte de un servidor público al realizar tu trámite denúncialo.

Presencial: Subcontraloría de Quejas, Denuncias y Evolución Patrimonial de la Contraloría Municipal ubicada en Portal Guerrero No. 3 Altos Col. Centro, San Pedro Cholula, Puebla

Correo Electrónico: .

Sitio Web: https://cholula.gob.mx/denuncia-servidores-publicos

XIII. Medios de impugnación

83.- Instancia para presentar una impugnación de un trámite o servicio

XIV. Transparencia

84.- Nombre del Aviso de Privacidad

No aplica

85.- Fecha de publicación del aviso de privacidad

No aplica

86.- Link de descarga

No aplica

XV.- Aspectos a considerar

87.- Observaciones

  • Toda la documentación debe ser clara, legible sin tachaduras o enmendaduras.

Con fundamento en los artículos 43, 44 fracción IV, 46 y 47 de la Ley General de Mejora Regulatoria, los sujetos obligados no podrán aplicar trámites o servicios adicionales a los establecidos en el Registro, ni podrán exigir requisitos adicionales en forma distinta a como se inscriban en el mismo.

Los datos que se inscriban tendrán carácter público, además de ser vinculantes para los sujetos obligados. La legalidad y el contenido de la información que inscriban son de su estricta responsabilidad. La omisión o falsedad de la información que los sujetos obligados inscriban en el Registro Municipal de Trámites y Servicios, será sancionado en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Fecha de validación:
Miércoles, 07 Agosto 2024

Fecha de actualización: