Accesibilidad

    Alerta Volcánica: Amarillo Fase 2

TRAMITES Y SERVICIOS

Unidad Administrativa: Dirección de Administración Urbanística Sustentable

Dictamen de Uso de Suelo para Régimen de Propiedad Privada en Condominio Horizontal y Vertical

2.- Clave de Registro del trámite o servicio: SPCH/SDUOTIU/DAUS/TRA/06
3.- Acto Administrativo: Trámite

4.- Tipo de Usuario o población a quien va dirigido el trámite o servicio

Ciudadano

5.- Tema

Urbano

6.- Clasificación

Ciudadano

7.- Objetivo del trámite

Otorgar Dictamen de Uso de Suelo en Régimen de Propiedad en Condominio cuando se constituye sobre bienes  inmuebles que en razón de sus características físicas, permite a sus titulares tanto el aprovechamiento exclusivo de áreas o construcciones privativas, como el aprovechamiento común de las áreas o construcción que no admiten división, confiriendo a cada condómino un derecho de propiedad exclusivo sobre la unidad privativa, así como un derecho de copropiedad con los demás condóminos, respecto de las áreas o instalaciones comunes.

8.- ¿En que casos debe presentarse el trámite o servicio?

Cuando el Propietario requiera el Uso de Suelo en Régimen de Propiedad Privada en Condominio para el aprovechamiento exclusivo de áreas o construcciones privativas, dentro del Municipio de San Pedro Cholula, Puebla.

9.- Documento que se obtiene

Dictamen de Uso de Suelo para Régimen de Propiedad Privada en Condominio Horizontal y Vertical

10.- Vigencia del documento que se obtiene

1 año

11.- Requiero cita para realizar el trámite o servicio

No aplica

12. Medio por el que pueden agendar cita

No aplica

13.- Descripción de la Modalidad

Persona física y persona moral

II.- Fundamento legal para la aplicación del trámite

14.- Normatividad aplicable

  • Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;  artículo 115, fracción V
  • Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, articulo 105 fracción IV Incisos a) y f)
  • Ley de Ordenamiento  Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla; artículo 16 fracción III, VIII, XII Y XVIII

III.- Requisitos

15.- Requisito básico 16.- Descripción del Requisito y de la instancia que lo emite 17.- Presentación del Requisito
Identificación oficial con fotografía vigente  (pasaporte, cartilla militar, cédula profesional) La identificación debe ser del propietario y del gestor y/o a quien se le asigne en la carta poder simple con 2 testigos, con firmas en original y copia. Copia y escaneado en USB
Escritura que acredite la Propiedad de manera fehaciente y con certeza jurídica. La escritura inscrita en el Registro Publico de la Propiedad y el Comercio con boleta de registro. Original y Copia para cotejo, Escaneado en USB
Proyecto Arquitectónico Plantas, Cortes, Fachadas, con cuadro de áreas, en caso de aplicar Tabla de Indivisos firmada por Propietario y DRO inscrito en este H. Ayuntamiento con derechos vigentes, presentando Carnet de Registro, para Fraccionamientos,  Departamentos y para cambios de Densidad Impreso y Digital

Requisitos por Modalidad:

Requisitos por Modalidad: Personas morales 
18.- Requisito básico 19.- Descripción del Requisito y de la instancia que lo emite 20.- Presentación del Requisito
Acta constitutiva  Instrumento notarial en el que se constituye una sociedad. Emitido por notaría pública. Inscrito en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.  Original para cotejo y copia
Poder notarial. Documento a través del cual se autoriza a una persona de confianza para que, en su nombre y representación, realice diversos trámites administrativos de la persona moral. Original para cotejo y copia

Supuestos generales del trámite que requieren algún requisito adicional

21.- Supuesto general 22. Requisito adicional .23.- Descripción del Requisito e instancia que lo emite 24.- Presentación del Requisito
En caso de existir varios copropietarios indicar a nombre de quien representa la sociedad. Escritura con juicio testamentario herencia y/o Albacea Definitivo en caso de que aplique  Notario Público Original y Copia para cotejo

IV.- Pasos a seguir por modo de atención

25.- Presencial

Se entrega documentación requerida en ventanilla para su registro, se turna al analista quien revisa la documentación y una vez completo el expediente se elabora dictamen requerido." "El analista lo remite al director de área para revisión, validación y aprobación, éste lo remite a la Secretaría para la autorización y firma correspondiente. " El expediente regresa a ventanilla para entregar orden de pago al titular y/o gestor. "El titular y/o gestor entrega el recibo de pago en ventanilla, entregando ésta el documento oficial debidamente firmado y sellado

26.- En línea

No aplica

27.- Telefónica

No aplica

V.- Formatos para la gestión del trámite

28.- Nombre del formato(s) para la gestión del trámite o servicio

Formato General del Trámite

29.- Clave de registro

FORM.0011/SDUOTIU2124/DDU/0424

30.- Fecha de publicación

30/04/2024

31.- Link de descarga

Formato General del Trámite

32.- ¿El trámite se presenta mediante escrito?

El trámite se presenta mediante formato general del trámite (solicitud) o por escrito libre

33.- Información que debe contener el escrito libre

El escrito libre deberá ser dirigido a la Titular de la Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana, solicitando el trámite de Dictamen de uso de suelo, indicando la ubicación del predio, nombre y firma del propietario.

VI.- Plazos para la conclusión del trámite

34.- Plazo máximo de respuesta

15 días hábiles

35.- Plazo con el que cuenta el área responsable del trámite para prevenir al solicitante en el caso de que requiera un dato o requisito adicional

10 días hábiles

36.- Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención

5 días hábiles

37.- ¿Aplica Afirmativa Ficta?

No aplica

38.- ¿Aplica Negativa Ficta?

No aplica.

VII.- Criterios generales del trámite

39.- Criterios de resolución del trámite

Deberá presentar copia de recibo de pago de predial al corriente, así como respetar los límites de la propiedad, restricciones y/o condicionantes indicadas en el alineamiento y número oficial; establecidas a través de las dependencias municipales, estatales y federales como: Secretaría de Infraestructura Gobierno de Puebla, Comisión Federal de Electricidad, Comisión Nacional de Agua, Secretaría de Infraestructura, según se indique desde el documento de alineamiento. Para poder ingresar el trámite es indispensable presentar copia de Alineamiento y número oficial vigente, expedido por la Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana.

Asimismo deberá presentar la Factibilidad de Agua Potable y Drenaje o Boleta emitido por SOSAPACH

40.- Procedente cuando:

Se completan los requisitos establecidos, y no existe alguna observancia en los mismos.

41.- Improcedente cuando:

No se completen los requisitos establecidos, existan observaciones en los mismos, y caduque el término establecido de solventación de observaciones.

42.- ¿El trámite requiere inspección, verificación o visita domiciliaria?

Solo cuando el predio presente afectaciones y/o alteraciones físicas.

43.- Autoridad que está facultada para realizar inspección, verificación o visita domiciliaria

Personal acreditado de la Dirección de Administración Urbanística Sustentable de la Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana.

44.- ¿Cuál es el objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria?

Solo cuando la información del predio sea confusa.

45.- ¿Qué documentos se deben conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite?

Una vez concluido el trámite, se deberá contar con copia de la Licencia Construcción de Obra Menor, y plano autorizado, en la ubicación, para ser mostrado a los supervisores cuando lo requieran.

VIII.- Área responsable del trámite

46.- Nombre de la Dependencia o Entidad y la Unidad Administrativa Responsable

Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana, Dirección de Administración Urbanística Sustentable
47.- Domicilio: Calle 2 Norte No. 403, Planta Baja, Colonia Centro, 72760, San Pedro Cholula, Puebla.
48.- Teléfono de Oficina: (222) 7772900, Ex. 2910
49.- Horario de Atención: 9:00 a 14:00 hrs.

50.- Titular del Área Responsable

C. Javier Romero Aguilar

51.- Cargo

Director

52.- Correo electrónico

No aplica

53.- Servidores públicos que validan la información

C. Karina Gutiérrez Castillo

54.- Cargo

Analista

55.- Correo electrónico

No aplica

IX.- Lugares donde se gestiona el servicio

56.- Nombre de la oficina o recinto

Casa del Pueblo

57.- Tipo de vialidad

Calle

58.- Nombre vialidad

2 Norte

59.-Número exterior

403

60.-Número interior

No aplica

61.- Tipo de asentamiento

Oficinas del Ayuntamiento

62. Nombre del asentamiento

Casa del Pueblo

63.- Nombre de la localidad

Cholula de Rivadavia

64.- Nombre del municipio

San Pedro Cholula

65.- Nombre del estado

Puebla

66.- Código postal

72760

67.Correo electrónico de contacto

No aplica

68. Teléfono de atención

(222) 7772900, Ex. 2910

69.- Horario de atención

9:00 a 14:00 hrs.

Lugar donde se efectúa el pago

Casa del Pueblo

X.- Costo del trámite

70.- Concepto

Concepto Monto
Por emisión de la Opinión Técnica del Uso de Suelo para Predios conforme al Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable vigente, se pagara por cada uno : $324.50
Por actualización o refrendo de Licencia de Uso de Suelo por vigencia del Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable, sin cambio del Proyecto Autorizado y la titularidad de la propiedad, se pagará la diferencia que resulte de restar los derechos vigentes al pago de derechos cubiertos en el momento de la expedición.
Por reexpedición de Licencia de Uso de Suelo con vigencia al Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable se pagara : $453.50
Por cambio de Proyecto de Licencia de Uso de Suelo se pagará la diferencia que resulte de restar los derechos vigentes al pago de derechos cubiertos en el momento de la expedición, lo anterior siempre y cuando la licencia previamente pagada se encuentre vigente
Por Licencia de Uso de Suelo para Instalaciones permanentes en bienes de uso común del municipio se pagaran por m2. o fracción : $19.00
Autoconstrucción; habitacional rural, campestre y habitacional popular, interés social y medio (en construcciones nuevas que no excedan 50 m2 ):  $16.00
Viviendas con superficie de construcción de 50.01 -a- 200.00 m2: $16.00
Viviendas con superficie de construcción de 200.01 -a- 250.00 m2: $17.00
Viviendas con superficie de construcción de 250.01 -a- 500.00 m2: $18.00
Viviendas con superficie de construcción de mas de: 500.01 m2: $19.00
Por unidad de vivienda en fraccionamiento o condominio de hasta 10 viviendas : $18.00
Por unidad de vivienda en fraccionamiento o condominio de hasta 11 -a- 20 viviendas : $18.00
Por unidad de vivienda en fraccionamiento o condominio de hasta 21 -a- 30 viviendas : $20.00
Por unidad de vivienda en fraccionamiento o condominio de hasta 31 -a- 50 viviendas : $20.00
Por unidad de vivienda en fraccionamiento o condominio de hasta 51  o mas viviendas : $21.00
Edificios o desarrollos industriales, almacenes o bodegas en categoría ligera: $32.50
Edificios o desarrollos industriales, almacenes o bodegas en categoría media: $42.00
Edificios o desarrollos industriales, almacenes o bodegas en categoría pesada: $67.00
Habitacional comercial: $40.00
Construcción de frontones por m2 $25.00
Plantas de tratamiento, fosa séptica y cualquier construcción destinada al tratamiento o almacenamiento de residuos sólidos o líquidos (reciclaje): $59.50
Incinerador para residuos infecto-biológicos (previa factibilidad de operación): $61.50
Incinerador para residuos orgánicos e inorgánicos no infecciosos: $57.50
Establecimiento para el manejo especial de residuos o residuos peligrosos: $65.52
Locales comerciales o de servicios con superficies de hasta 60 $53.50
Locales comerciales o de servicios con superficie mayor a 60 m2 : $55.50
Vinatería, restaurante con venta de bebidas alcohólicas, bar, cantina, pulquerías, centro de reunión y/o diversión, tiendas de autoservicio, comercios con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada no mayor a 6 GL, depósitos de cerveza: $59.50
Discoteca y salas de baile: $60.50
Heladerías, cafeterías y/o fondas o cocinas económicas: $35.50
Áreas de recreación: $15.00
Instituciones financieras y bancos: $119.00
Casas de cambio y casas de empeño: $83.50
Servicios educativos: $42.00
Universidades, posgrados, centros de especialización o regulación académica: $53.50
Servicios de salud y/o veterinarias, no mayores a 50m2 : $47.00
Servicios de culto: $30.50
Spa: $60.50
Crematorio de personas $58.00
Crematorio de mascotas $55.00
Conjuntos comerciales o de servicios construidos en forma vertical, horizontal, o mixta mayor a 50 m2 y no mayor a 10 unidades susceptibles de aprovechamiento independientemente del régimen de propiedad: $93.00
Conjuntos comerciales o de servicios construidos en forma vertical, horizontal, o mixta mayor a 1,000 m2 o mayor a 10 unidades susceptibles de aprovechamiento independientemente del régimen de propiedad $100.00
Servicios de comunicación y/o centros de atención a clientes: $72.00
Servicios de transporte urbano y suburbano de pasajeros: $53.50
Construcciones mixtas: $101.00
Desarrollos mixtos (habitacional y comercial o de servicios) mayor a 50 m2 y no mayor a 10 unidades susceptibles de aprovechamiento independientemente del régimen de propiedad: $103.00
Desarrollos habitacional y comercial o de servicios mayor a 1,000 m2 o mayor a 10 unidades susceptibles de aprovechamiento independientemente del régimen de propiedad: $106.50
Todo establecimiento que almacene y/o distribuya gas L.P. o natural en cualquiera de sus modalidades, superficie construida m2 y en el caso de los tanques de almacenamiento m3 : $83.50
Todo establecimiento que almacene y/o distribuya gasolina, diésel y/o petróleo superficie construida por m2 y en caso de los tanques de almacenamiento por m3 : $83.50
Almacenamiento y/o comercio al por mayor de productos derivados del petróleo (exceptuando combustibles): $47.00
Hotel: $47.00
Salón social, cinemas, balnearios, baños públicos, bibliotecas privadas, museos privados, centros deportivos privados, gimnasios privados, teatros privados, deportes extremos, boliche, billares y acuario: $25.00
Restaurante sin venta de bebidas alcohólicas: $42.00
Motel, auto hotel y hostal: $47.00
Pensión, casa de huéspedes y/o zonas de acampar: $42.00
Cabaret: $115.50
Servicios para salas de apuestas de número y/o centros de apuestas remotas: $575.50
Banco de extracción de material: $46.00
Comercios y servicios tipo 1: $41.00
Comercios y servicios tipo 2: $35.50
Agroindustria: $30.50
Microindustria: $30.50
Comercio de barrio: $30.50
Estructura para anuncios espectaculares de piso y/o torres de telecomunicaciones pagarán teniendo como referencia los m2 o fracción del área ocupada por la base o la proyección horizontal de la estructura, lo que resulte mayor, más la longitud de la altura de la estructura: $57.50
Tanque enterrado para uso distinto al de almacenamiento de agua potable (productos inflamables o tóxicos) con excepción de gasolineras: $82.50
Estacionamientos, patios de maniobras, andenes y/o helipuertos en cualquier tipo de inmuebles privados descubiertos, excluyendo los habitacionales: $34.50
Estacionamientos patios de maniobras, andenes y/o helipuertos en cualquier tipo de inmuebles públicos descubiertos, excluyendo los habitacionales: $63.50
Estacionamientos, patios de maniobras, andenes y helipuertos en cualquier tipo de inmuebles privados cubiertos, excluyendo los habitacionales: $49.00
Estacionamientos, patios de maniobras, andenes y helipuertos en cualquier tipo de inmuebles públicos cubiertos, excluyendo los habitacionales: $70.00
Instalación, arreglo y tendido de líneas en vía pública y/o privada en su caso de gas L.P., gas natural, fibra óptica, telefonía por ml: $31.50
Presas o represas, estaciones de bombeo, subestación eléctrica, torres de transmisión de energía eléctrica, estación de recepción y distribución de señal, estación de regulación y/o repetición de señal: $82.50
Construcciones no incluidas en los incisos anteriores de esta fracción por m2 o m3 , según sea el caso, para un destino comercial: $45.00
Construcciones no incluidas en los incisos anteriores de esta fracción por m2 o m3 , según sea el caso, para un destino de servicios: $43.00
Adecuaciones al interior de locales comerciales: $0.00

71.- Monto

El indicado en la tabla del punto 70.

72.- Lugares donde se puede realizar el pago

  1. Punto de cobro (cajas) de Casa del Pueblo
  2. Punto de cobro (cajas) de Presidencia
  3. Punto de cobro (cajas) de Plaza San Diego
  4. Punto de cobro (cajas) de Vialidad
  5. Banorte

73.- Domicilio del lugar donde se efectúa el pago

  1. Calle 2 Norte No. 403, Planta Baja, Colonia Centro, 72760, San Pedro Cholula, Puebla.
  2. Portal Guerrero No. 3, Colonia Centro, San Pedro Cholula, Puebla.
  3. Blvd. Forjadores de Puebla No. 3401, San Pedro Cholula, Puebla.
  4. 15 Norte No. 1205, San Matías, San Pedro Cholula, Puebla.
  5. Sucursal del banco

74.-Vigencia y Otros métodos de pago

Último día del mes en curso.

75.- Datos del método de pago

El cálculo del monto resulta del producto de los metros cuadrados, metros lineales y/o metros cúbicos por él o los conceptos correspondientes y la suma del o los productos y el formato de uso múltiple.

76.- Momento en que se debe realizar el pago

El pago se realiza al final del trámite.

77.- Fundamento legal para su cobro

 Ley de Ingresos del Municipio de San Pedro Cholula para el Ejercicio Fiscal 2024; artículos 17 fracción I inciso a),II inciso a), IV,V, 21, Fracc. I, b), 87 fracción III

XI.- Datos de contacto para el envío de consultas, documentos y quejas

78.-Medios electrónicos de comunicación para el envío de consultas y documentos

No aplica

79.- Domicilio físico para el envío de consultas y documentos

No aplica

80.- Otro medio que permita el envío de consultas y documentos

No aplica

XII.- Medios para presentar inconformidades, quejas o denuncias con motivo del trámite o servicio

81.- Protesta Ciudadana

Presenta tu Protesta Ciudadana si te negaron injustificadamente tu trámite y/o servicio, están solicitando requisitos adicionales o el tiempo de respuesta es mayor a los registrados en la ficha informativa del trámite.

Presencial: Subcontraloría de Mejora Regulatoria de la Contraloría Municipal ubicada en Portal Guerrero No. 3 Altos Col. Centro, San Pedro Cholula, Puebla

Telefónica: (222) 7772900, Ext. 2932

Correo Electrónico: .

82.- Quejas o denuncias

Si eres víctima de actos de corrupción por parte de un servidor público al realizar tu trámite denúncialo.

Presencial: Subcontraloría de Quejas, Denuncias y Evolución Patrimonial de la Contraloría Municipal ubicada en Portal Guerrero No. 3 Altos Col. Centro, San Pedro Cholula, Puebla

Correo Electrónico: .

Sitio Web: https://cholula.gob.mx/denuncia-servidores-publicos

XIII. Medios de impugnación

83.- Instancia para presentar una impugnación de un trámite o servicio

XIV. Transparencia

84.- Nombre del Aviso de Privacidad

Aviso de Privacidad Integral del Dictamen de uso de suelo para régimen de propiedad privada

85.- Fecha de publicación del aviso de privacidad

05-oct-22

XV.- Aspectos a considerar

87.- Observaciones

  • Todo requisito antes mencionado, pasará por un proceso de evaluación, apegándose a la Normatividad Estatal o Federal, según sea el caso.
  • Toda la documentación debe ser clara, legible sin tachaduras o enmendaduras.
  • Si terminado el plazo autorizado para la construcción de la obra no se ha concluido, deberá tramitar el permiso correspondiente.

 

Con fundamento en los artículos 43, 44 fracción IV, 46 y 47 de la Ley General de Mejora Regulatoria, los sujetos obligados no podrán aplicar trámites o servicios adicionales a los establecidos en el Registro, ni podrán exigir requisitos adicionales en forma distinta a como se inscriban en el mismo.

Los datos que se inscriban tendrán carácter público, además de ser vinculantes para los sujetos obligados. La legalidad y el contenido de la información que inscriban son de su estricta responsabilidad. La omisión o falsedad de la información que los sujetos obligados inscriban en el Registro Municipal de Trámites y Servicios, será sancionado en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Fecha de validación:
Lunes, 19 Agosto 2024

Fecha de actualización: