Costo: $ 70.00
REQUISITOS PARA LLEVAR A CABO EL SERVICIO
Requisitos para obtener el servicio
1.- Presentar documentación solicitada de acuerdo al trámite a realizar ( Consultar trámites: empadronamiento, actualización catastral, movimientos notariales, lotificación / régimen de propiedad en condominio, registro catastral) . Revisar Plataforma Nacional de transparencia-Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Puebla-Artículo 77-Formato de la fracción XX Trámites ofrecidos.
2.- Acreditar la propiedad o posesión del bien inmueble, en caso de que sea una tercera persona, presentar carta poder original otorgada por el propietario o poseedor anexando firmas de dos testigos, acompañada de identificación oficial vigente en copia de cada uno de los intervinientes.
3.- Inspección ocular en campo realizada.
4.- Que el predio se encuentre dentro de los límites territoriales del Municipio de San Pedro Cholula.
Documentos requeridos
Notas
Hipervínculo Información Adicional Del Servicio
Hipervínculo Al/los Formatos Respectivos
ÁREA DONDE SE GESTIONA EL SERVICIO
Lugar donde se efectúa el pago
Área(s) Responsable(s) Que Genera(n), Posee(n), Publica(n) Y Actualizan La Información
Dirección de Predial y Catastro
Nombre Del Funcionario Responsable de Generar La Información
C. Gabriel Morales Badillo
Sustento Legal para su Cobro
Ley de Ingresos del Municipio de San Pedro Cholula para el Ejercicio Fiscal vigente Capítulo XVII de los Derechos por los Servicios Prestados por el Catastro Municipal, Artículo 41, Fracción VII.
Fundamento Júridico-administrativo Del servicio
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Artículo 115 Ley de Catastro del Estado de Puebla, Título Primero Disposiciones Generales, Capítulo Único Artículo 7 Fracciones I, XIX y XXI. Título segundo de las Atribuciones de las Autoridades Catastrales Municipales, Capítulo único, Artículo 20, Fracciones I y III. Ley de Hacienda Municipal del Estado de Puebla, Artículo 6, Artículo 7, Artículo 8, Artículo 9, Artículo 10, Artículo 11, Artículo 12, Artículo 13, Artículo 14. Código Civil del Estado de Puebla Artículo 13. Con base en el Articulo 14 Fracción XI, Artículo 20 Fracción I, VI y Artículo 23 de la Ley de Catastro del Estado de Puebla, el Catastro Municipal podrá solicitar documentación adicional en caso de ser necesario.
Fecha de validación:
Miércoles, 18 Mayo 2022
Fecha de actualización:
Jueves, 16 Junio 2022
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