4.- Tipo de Usuario o población a quien va dirigido el trámite o servicio
Propietarios y/o Poseedor del predio o en su caso por un tercero acreditado5.- Tema
Catastro6.- Clasificación
Ciudadano7.- Objetivo del trámite
Acreditar el registro administrativo del inmueble en base a sus datos catastrales ante el Catastro Municipal.
8.- ¿En que casos debe presentarse el trámite o servicio?
Cuando el poseedor requiere tramitar la Cédula de Registro Catastral ante el Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla.
9.- Documento que se obtiene
Registro catastral10.- Vigencia del documento que se obtiene
6 meses a partir de su expedición, en caso de que finalice el año fiscal vigente o existan cambios en su información catastral antes de que transcurran los 6 meses a partir de su expedición, ya no será vigente.11.- Requiero cita para realizar el trámite o servicio
No aplica12. Medio por el que pueden agendar cita
No aplica
13.- Descripción de la Modalidad
No aplica
14.- Normatividad aplicable
18.- Requisito básico | 19.- Descripción del Requisito y de la instancia que lo emite | 20.- Presentación del Requisito | |||||||||
No aplica | No aplica | No aplica |
21.- Supuesto general | 22. Requisito adicional | 23.- Descripción del Requisito e instancia que lo emite | 24.- Presentación del Requisito | ||||||||
No aplica | No aplica | No aplica | No aplica |
25.- Presencial
1.- Reunir documentación solicitada para el trámite y acudir a el área de atención de la Dirección de Predial y Catastro para su revisión 2.- Si la documentación está completa, en sistema de gestión catastral se recepciona el trámite y se genera la orden de pago de derechos 3.- Ya hecho el pago se programa inspección en campo o en su caso se solicita reporte fotográfico con ubicación. 4.- Para realizar la inspección el contribuyente debe acudir a las instalaciones de la Dirección de Predial y Catastro en la fecha y hora previamente programada para llevar a cabo la inspección, se debe llevar y regresar al inspector a la oficina (en caso de que no se presente el contribuyente en la fecha y hora programada se deberá pagar y programar nuevamente la inspección). 5.- Inspector hace etapa "subir archivos", en la que se integra información levantada en campo con reporte fotográfico. 6.- Se actualiza la Cartografía Catastral, de no haber observaciones se continúa el trámite. 7.- Se manda oficio a la Secretaria de Desarrollo Urbano para que hagan un análisis técnico sobre si el predio que se está trabajando sufre afectaciones viales. 8.- Se recibe oficio de contestación de parte de la Secretaría de Desarrollo Urbano. 9.- Se pasa a firma el registro catastral y se sella. 12.- Al haberse entregado el registro catastral se finaliza la etapa " entrega de documentos" dentro del sistema.26.- En línea
No aplica27.- Telefónica
No aplica28.- Nombre del formato(s) para la gestión del trámite o servicio
No aplica
29.- Clave de registro
No aplica
30.- Fecha de publicación
No aplica
31.- Link de descarga
No aplica
32.- ¿El trámite se presenta mediante escrito?
Sí33.- Información que debe contener el escrito libre
Dirigida al Titular del Catastro Municipal Lic. Gabriel Morales Badillo
Indicar el motivo, datos de identificación del inmueble, domicilio para recibir notificaciones, teléfono particular y/o celular para localizar al propietario, poseedor o gestor, especificar si autoriza algún representante para la gestión del trámite y firma del poseedor
34.- Plazo máximo de respuesta
30 días hábiles35.- Plazo con el que cuenta el área responsable del trámite para prevenir al solicitante en el caso de que requiera un dato o requisito adicional
15 días hábiles36.- Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención
10 días hábiles37.- ¿Aplica Afirmativa Ficta?
No aplica38.- ¿Aplica Negativa Ficta?
No aplica39.- Criterios de resolución del trámite
40.- Procedente cuando:
Documentación legible, en regla, completa, el predio no se sobrepone con otro registro previo41.- Improcedente cuando:
Documentación incompleta, no se acredita la posesión, el predio se encuentra fuera del municipio, la cuenta predial arroja algún tipo de adeudo o existe algún registro previo con el que se sobrepone total o parcialmente el nuevo registro42.- ¿El trámite requiere inspección, verificación o visita domiciliaria?
Sí43.- Autoridad que está facultada para realizar inspección, verificación o visita domiciliaria
Dirección de Predial y Catastro a través de su jefatura de valuación e inspección.44.- ¿Cuál es el objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Obtener información cualitativa y cuantitativa en campo de bienes inmuebles para establecer su valor catastral actualizado con el fin de integrar y mantener actualizada la Cartografía del Municipio y validar la información contenida en las diferentes solicitudes o trámites que ingresan a la Dirección.45.- ¿Qué documentos se deben conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite?
Número de cuenta predial y/o formato de ingreso del trámite y/o formato de inspección programada, según sea el caso.46.- Nombre de la Dependencia o Entidad y la Unidad Administrativa Responsable
Tesorería Municipal / Secretaría de Finanzas / Dirección de Predial y Catastro50.- Titular del Área Responsable
C. Gabriel Morales Badillo51.- Cargo
Director de Predial y Catastro53.- Servidores públicos que validan la información
C. Gabriel Morales Badillo54.- Cargo
Director de Predial y Catastro56.- Nombre de la oficina o recinto
Dirección de Predial y Catastro57.- Tipo de vialidad
Calle58.- Nombre vialidad
2 norte59.-Número exterior
40360.-Número interior
S/N61.- Tipo de asentamiento
Colonia: Centro62. Nombre del asentamiento
San Pedro Cholula63.- Nombre de la localidad
Cholula de Rivadavia64.- Nombre del municipio
San Pedro Cholula65.- Nombre del estado
Puebla66.- Código postal
7276068. Teléfono de atención
Tels.: (222) 777-2900 Ext. 293469.- Horario de atención
Lunes a Viernes de 9:00 AM A 3:00 PMLugar donde se efectúa el pago
70.- Concepto
Concepto | Monto | ||||||||||
Inspección ocular para verificación de datos catastrales | $450.50 | ||||||||||
Expedición de cédula de registro catastral | $581.50 |
71.- Monto
El indicado en la tabla anterior del punto 7072.- Lugares donde se puede realizar el pago
73.- Domicilio del lugar donde se efectúa el pago
74.-Vigencia y Otros métodos de pago
Durante el mes en el que se genere el cobro
75.- Datos del método de pago
Costo unitario
76.- Momento en que se debe realizar el pago
Al momento en el que se recepcione la documentación en el área de atención de la Dirección de Predial y Catastro77.- Fundamento legal para su cobro
Ley de Ingresos del Municipio de San Pedro Cholula para el Ejercicio Fiscal 2024 Capítulo Décimo Séptimo de los Derechos por los Servicios Prestados en Materia e Catastro Municipal, Artículo 75 Fracción IX y XI.
79.- Domicilio físico para el envío de consultas y documentos
Calle 2 Norte no. 403 Col. Centro, San Pedro Cholula.80.- Otro medio que permita el envío de consultas y documentos
No aplica81.- Protesta Ciudadana
Presenta tu Protesta Ciudadana si te negaron injustificadamente tu trámite y/o servicio, están solicitando requisitos adicionales o el tiempo de respuesta es mayor a los registrados en la ficha informativa del trámite.
Presencial: Subcontraloría de Mejora Regulatoria de la Contraloría Municipal ubicada en Portal Guerrero No. 3 Altos Col. Centro, San Pedro Cholula, Puebla
Telefónica: (222) 7772900, Ext. 2932
82.- Quejas o denuncias
Si eres víctima de actos de corrupción por parte de un servidor público al realizar tu trámite denúncialo.
Presencial: Subcontraloría de Quejas, Denuncias y Evolución Patrimonial de la Contraloría Municipal ubicada en Portal Guerrero No. 3 Altos Col. Centro, San Pedro Cholula, Puebla
Sitio Web: https://cholula.gob.mx/denuncia-servidores-publicos
83.- Instancia para presentar una impugnación de un trámite o servicio
84.- Nombre del Aviso de Privacidad
Registro Catastral85.- Fecha de publicación del aviso de privacidad
2023-01-1986.- Link de descarga
Registro Catastral87.- Observaciones
Con fundamento en los artículos 43, 44 fracción IV, 46 y 47 de la Ley General de Mejora Regulatoria, los sujetos obligados no podrán aplicar trámites o servicios adicionales a los establecidos en el Registro, ni podrán exigir requisitos adicionales en forma distinta a como se inscriban en el mismo.
Los datos que se inscriban tendrán carácter público, además de ser vinculantes para los sujetos obligados. La legalidad y el contenido de la información que inscriban son de su estricta responsabilidad. La omisión o falsedad de la información que los sujetos obligados inscriban en el Registro Municipal de Trámites y Servicios, será sancionado en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Fecha de validación:
Viernes, 19 Julio 2024
Fecha de actualización: