4.- Tipo de Usuario o población a quien va dirigido el trámite o servicio
Interesado que desee construir dentro del municipio de San Pedro Cholula.5.- Tema
Desarrollo Urbano6.- Clasificación
Ciudadano7.- Objetivo del trámite
Otorgar el permiso para realizar una obra mayor a 50 metros cuadrados de construcción, de acuerdo al uso de suelo permitido conforme al Programa Municipal de Desarrollo Urbano Sustentable de San Pedro Cholula y la normatividad aplicable.
8.- ¿En que casos debe presentarse el trámite o servicio?
Cuando el ciudadano requiera realizar en su predio una construcción mayor a 50 m2 en San Pedro Cholula.
9.- Documento que se obtiene
Licencia de Construcción de Obra Mayor a 50 m210.- Vigencia del documento que se obtiene
3, 6, 9 y 12 meses. Fundamento jurídico: Ley de Ingresos del Municipio de San Pedro Cholula para el Ejercicio Fiscal 2024, artículo 28, fracción IV, incisos a), b), c) y d). Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla, artículo 126.11.- Requiero cita para realizar el trámite o servicio
No aplica12. Medio por el que pueden agendar cita
No aplica
13.- Descripción de la Modalidad
Para personas físicas y personas morales.
14.- Normatividad aplicable
15.- Requisito básico | 16.- Descripción del Requisito y de la instancia que lo emite | 17.- Presentación del Requisito | |||||||||
1.- Identificación oficial vigente con fotografía de la persona física que acredite la propiedad del predio. |
Identificación oficial expedida por el Instituto Nacional Electoral o pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores o cartilla militar expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional o cédula profesional expedida por la Secretaría de Educación Pública. |
Copia | |||||||||
2.- Escritura Pública inscrita en el Registro Público de la Propiedad. | Instrumento notarial que acredita la propiedad del predio otorgada por notaría pública. Inscripción de la escritura en el Registro Público de la Propiedad expedida por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla. | Copia tamaño carta u oficio. | |||||||||
3.- Carnet del Director Responsable de Obra | Carnet con sello de refrendo vigente del Director Responsable de Obra registrado en el municipio de San Pedro Cholula, indicando la leyenda en el carnet de "Sólo válido para la licencia de construcción de obra mayor, ubicada (ubicación), propiedad de (propietario) y firma en original del perito responsable. | Copia | |||||||||
4.- Memoria Descriptiva | Documento que contiene la descripción y características del proyecto ejecutivo, datos de predio y su ubicación, datos de superficies de construcción por nivel (cuadro de áreas), programa arquitectónico (espacios por nivel), proceso constructivo, sistema estructural, instalaciones hidráulica, sanitaria, pluvial, eléctrica, herrería, carpintería, acabados e información complementaria del proyecto. | 2 juegos firmados por propietario y director responsable de obra DRO (todas las hojas). | |||||||||
5.- Memoria Estructural | Documento que contiene información, características y desarrollo de cálculo del proyecto estructural, tales como: datos generales del proyecto, descripción de la estructura, clasificación de suelo, clasificación de la construcción según su uso, zona de ubicación sísmica, métodos de cálculo, parámetros sísmicos, especificaciones de materiales, especificaciones constructivas, referencias de diseño (reglamentos, códigos, normas técnicas, etc.), análisis de cargas, revisión de resistencia de muros, diagramas de momentos flexionantes, diagramas de fuerzas cortantes, análisis y diseño de elementos estructurales, según el tipo de proyecto. |
2 juegos firmados por propietario, director responsable de obra DRO y calculista (todas las hojas). | |||||||||
6.- Plano Arquitectónico. | Planos que contienen: plantas arquitectónicas, planta de azotea-conjunto, 2 fachadas y 2 cortes; nombre del proyecto conforme al dictamen de uso de suelo, datos de ubicación conforme al alineamiento y no. oficial, datos de propietario y datos (nombre, cédula y registro) del director responsable de obra DRO, cuadro de áreas con los datos correctos de las superficies del predio, construcción por niveles, total; los volados-marquesinas, los pergolados, techumbres y domos también se consideran en construcción en el nivel correspondiente; los vacíos de dobles o triples alturas se descuentan de superficies de construcción. | 2 Juegos en tamaño 90 x 60 cm, a color o blanco y negro, firmados por propietario y director responsable de obra DRO. | |||||||||
7.- Plano Estructural. | Planos que contienen: planta de cimentación, plantas estructurales de entrepisos, plantas estructurales de azoteas, cubiertas, detalles estructurales de armados de cimentación de mampostería, de concreto armado, losas armadas de cimentación, zapatas, rodapies, cadenas de desplante, contratrabes, diafragmas, columnas, castillos, muros de concreto, muros de contención, trabes, ménsulas, armaduras, vigas, largueros, contraventeos, contraflambeos, elementos de acero, detalles de losa armada, detalle de losas prefabricadas, detalle de armado de escaleras, detalle de cisterna, cuadro de dobleces y de traslapes de acero, e información según el tipo de proyecto. | 2 Juegos en tamaño 90 x 60 cm, a color o blanco y negro, firmados por propietario, director responsable de obra DRO y calculista. | |||||||||
8.- Plano de Instalación hidráulica e isométrico. | Plano que contiene: ubicación y recorrido de instalación de agua fría y caliente, acometida hidráulica, medidor, cisterna, bomba, hidroneumático, subidas (columnas) de agua fría y caliente, salidas de agua fría y/o caliente a muebles hidro-sanitarios, tinaco, calentador convencional, calentador solar, diámetros, detalles de conexión a muebles, cuadro de datos hidráulicos de consumo, letreros, simbología, especificaciones técnicas, isométrico, entre otros. | 2 Juegos en tamaño 90 x 60 cm, a color o blanco y negro, firmados por propietario y director responsable de obra DRO. | |||||||||
9.- Plano de Instalación sanitaria-pluvial e isométrico. | Plano que contiene: ubicación y recorrido de bajadas de agua pluvial, salidas descargas de muebles sanitarios, recorrido de instalación sanitaria, diámetros, letreros, bajadas de agua negra, ramales y registros sanitarios o pluviales, descarga a red sanitaria municipal, fosa séptica, pozo de absorción pluvial, descargas pluviales a áreas verdes, detalles de conexión a muebles, simbología, especificaciones técnicas, isométrico sanitario y pluvial, e información según el tipo de proyecto. | 2 Juegos en tamaño 90 x 60 cm, a color o blanco y negro, firmados por propietario y director responsable de obra DRO. | |||||||||
10.- Plano de instalación eléctrica. | Plano que contiene: ubicación y recorrido de instalación eléctrica, acometida, medidor, interruptor general, centro de carga (tablero de distribución), cableado, letreros, interruptores (apagadores) sencillos, de escalera (3 vías), luminarias, arbotantes, luminarias de piso, contactos sencillos, dúplex, bomba eléctrica, hidroneumático, ubicación de tierras físicas, diagrama unifilar, cuadro de cargas, detalles de conexión, especificaciones técnicas, e información según el tipo de proyecto. | 2 Juegos en tamaño 90 x 60 cm, a color o blanco y negro, firmados por propietario y director responsable de obra DRO. | |||||||||
11.- Archivos digitales de planos y memorias. | Archivos digitales en formato .dwg (AutoCAD), en versión 2010 o hasta 2018, de planos arquitectónicos, estructurales, instalaciones hidráulicas-sanitarias-pluviales y eléctricas. Y archivos digitales de memoria descriptiva y de cálculo. | 1 Disco compacto o USB. | |||||||||
12.- Bitácora de obra. | Bitácora de pasta dura para notas de obra, con datos en portada del nombre de proyecto conforme a dictamen de uso de suelo, ubicación conforme a alineamiento y no. Oficial, datos y firmas de propietario y director responsable de obra. | Original, tamaño carta u oficio. |
Requisitos por Modalidad: Persona Moral | |||||||||||
18.- Requisito básico | 19.- Descripción del Requisito y de la instancia que lo emite | 20.- Presentación del Requisito | |||||||||
1.- Acta constitutiva. | Instrumento notarial en el que se constituye una sociedad. Emitido por notaría pública. | Copia | |||||||||
2.- Poder notarial. | Instrumento notarial a través del cual se autoriza a una persona física como representante de otra persona física o moral para que en su representación pueda realizar diversos trámites administrativos y legales. Emitido por notaría pública. | Copia | |||||||||
3.- Identificación oficial vigente con fotografía del representante legal asignado en el poder notarial o acta constitutiva. |
Identificación oficial expedida por el Instituto Nacional Electoral o pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores o cartilla militar expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional o cédula profesional expedida por la Secretaría de Educación Pública. |
Copia |
21.- Supuesto general | 22. Requisito adicional | 23.- Descripción del Requisito e instancia que lo emite | 24.- Presentación del Requisito | ||||||||
Cuando el propietario del predio o el representante legal asigne a otra persona para realizar el trámite. | Carta poder simple. | Carta poder simple en la que el propietario o representante legal autoriza poder a otra persona (apoderado) y esta a su vez acepta para realizar el trámite correspondiente. Escrito libre o formato en papelería. |
Carta en original firmada por propietario, apoderado y 2 testigos. Copias de identificaciones oficiales vigentes con fotografía del apoderado y los testigos. | ||||||||
Por faltante de documentación y/o condicionante indicada en el dictamen de uso de suelo. | Inscripción de la escritura pública en el Registro Público de la Propiedad. | Inscripción en el Registro Público de la Propiedad expedido por el Instituto Registral y Catastral del Estado de Puebla. | Copia | ||||||||
En caso de juntas auxiliares que no cuentan con el sistema operador de agua potable SOSAPACH. | Constancia de conexión de drenaje. | Constancia expedida por la presidencia de la junta auxiliar correspondiente indicando que cuenta con el servicio de drenaje, con la dirección conforme a alineamiento. | Copia | ||||||||
Para predios en fraccionamientos autorizados en el ayuntamiento del municipio. | Carta y planos arquitectónicos autorizados. | Carta y planos sellados por la administración, mesa directiva o junta de colonos del fraccionamiento. | Copia | ||||||||
Para construcción en condominio. | Reglamento del Condominio. | Reglamento del Condominio registrado en notaría pública. | Copia | ||||||||
Para construcción en condominio. | Alineamientos individuales (Derivadas). | Alineamiento y Número Oficial individuales de cada unidad privativa. | Copia | ||||||||
Para construcción en condominio. | Tabla de Indivisos. | Documento en el que se determina la relación de los porcentajes de área que corresponde a cada unidad privativa respecto de los bienes de áreas comunes del condominio. | Copia | ||||||||
Para predios que cuentan con acceso mediante paso de servidumbre. | Escritura Pública de la Constitución de la Servidumbre de Paso. | Instrumento otorgado por notaría pública. Inscripción otorgada por el Instituto Registral Catastral del Estado de Puebla. | Copia | ||||||||
Para predios que derivan de segregación o subdivisión. | Escritura Pública de la Segregación y/o de la Subdivisión, inscrita en el registro público de la propiedad. | Instrumento otorgado por notaría pública. Inscripción otorgada por el Instituto Registral Catastral del Estado de Puebla. | Copia | ||||||||
Para predios que derivan de segregación o subdivisión. | Dictamen de Segregación o Subdivisión. | Documento en el que se autorizó la segregación o subdivisión del predio. | Copia | ||||||||
Para proyectos con más de tres niveles. | Mecánica de suelos. | Estudio geotécnico de mecánica de suelos. | Copia | ||||||||
Para proyectos mayores a 1,500 m2 de construcción, y/o condicionante indicada en Dictamen de Uso de Suelo. | Resolutivo de Impacto Vial. | Resolutivo del estudio de impacto vial expedido por la Dirección de Movilidad Urbana | Copia | ||||||||
Para proyectos mayores a 1,500 m2 de construcción, y/o condicionante indicada en Dictamen de Uso de Suelo. | Resolutivo de Impacto Ambiental. | Resolutivo por parte de la Secretaría del Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del Estado de Puebla. | Copia | ||||||||
Por condicionante indicada en el dictamen de uso de suelo. | Manifiesto de Excepción. | Manifiesto de excepción por parte de la Secretaría del Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial del Estado de Puebla. | Copia | ||||||||
Para predios que se encuentren dentro del polígono de zona arqueológica y de monumentos. | Autorización y plano autorizado por el Instituto Nacional de Antropología e Historia INAH. | Documento expedido y planos autorizados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia INAH. | Copia | ||||||||
En caso de predios que se encuentren en límites de derechos de vía de CFE. | Dictamen o anuencia CFE. | Documento expedido por la Comisión Federal de Electricidad en el que se indique los metros lineales de derecho de vía que deben respetarse. | Copia | ||||||||
En caso de predios que colinden con zonas federales como ríos y barrancas. | Dictamen o anuencia CONAGUA. | Documento expedido por la Comisión Nacional del Agua en el que se indiquen los límites de zona federal que deben respetarse. | Copia | ||||||||
En caso de predios que colinden con vialidades estatales. | Dictamen o anuencia Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado. | Documento expedido por la Secretaría de Infraestructura del Gobierno del Estado en el que se indique los metros lineales de derecho de vía que deben respetarse. | Copia | ||||||||
En caso de predios que se encuentren en límites de derechos de vías de ferrocarril. | Dictamen o anuencia SCT. | Documento expedido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal, Delegación Puebla en el que se indique los metros lineales de derecho de vía que deben respetarse. | Copia | ||||||||
En caso de existir diferencia entre superficie física del predio y la superficie indicada en escritura. | Juicio de Rectificación de Medidas y Colindancias. | Documento expedido por el juzgado civil, en el que se rectifican las medidas, colindancias y superficie de un predio. | Copia | ||||||||
En caso de sucesión testamentaria. | Escritura de Sucesión Testamentaria y Aplicación de Bienes. | Instrumento otorgado por notaría pública. | Copia tamaño carta u oficio. | ||||||||
En caso de propiedades intestadas. | Juicio de Sucesión Intestamentaria. | Documento emitido por el juzgado civil. | Copia tamaño carta u oficio. | ||||||||
En caso de propiedades intestadas. | Designación y aceptación de albacea definitivo. | Documento emitido por el juzgado civil, en el que se designa y la persona designada acepta el cargo de albacea. | Copia tamaño carta u oficio. | ||||||||
En caso de existir superficiario y superficiante. | Escritura Pública de Derecho de Superficie. | Instrumento notarial mediante el cual se constituye el derecho de superficie, se emite en Notaría Pública. | Copia tamaño carta u oficio. | ||||||||
Para trabajos en alturas mayores a 2 niveles o 5 metros de altura y/o trabajos cerca de líneas de la Comisión Federal de Electricidad y/o trabajos en inmuebles catalogados por el INAH y/o trabajos que representen riesgos. | Autorización y/o recomendaciones por parte de la Dirección de Protección Civil del municipio. | Dirección de Protección Civil del municipio de San Pedro Cholula. | Copia | ||||||||
En caso de que los trámites vigentes de alineamiento, factibilidad de uso de suelo y/o dictamen de uso de suelo se hayan otorgado en anterior administración. | Comprobante de pago de los derechos del trámite o copia certificada del pago de los derechos. | Recibo, ticket o boleta de pago. Cajas de Tesorería, Dirección de Ingresos. |
Copia. |
25.- Presencial
1.- Acudir y presentar ante las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana, la documentación completa al área de ventanilla para iniciar el proceso de trámite. 2.- Acudir y recibir en las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana, el oficio de requerimiento en caso de que existan observaciones a la información de la documentación, que el analista del área previamente dará aviso al solicitante. 3.- Solventar las observaciones en dado caso que existan y presentar la documentación y plano correctos al analista en un tiempo máximo de 5 días a partir de que se reciba el oficio de requerimiento. 4.- Recibir la cuantificación y referencia para realizar el pago mediante el método indicado en la referencia o en cajas de tesorería municipal. 5. Presentar el comprobante de pago correspondiente a la ventanilla de la Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana y recibir el trámite solicitado.26.- En línea
No aplica27.- Telefónica
No aplica28.- Nombre del formato(s) para la gestión del trámite o servicio
Formato General del Trámite
29.- Clave de registro
FORM.0011/SDUOTIU2124/DDU/0424
30.- Fecha de publicación
02-ago-24
31.- Link de descarga
32.- ¿El trámite se presenta mediante escrito?
No aplica33.- Información que debe contener el escrito libre
No aplica
34.- Plazo máximo de respuesta
"15 días hábiles. Fundamento jurídico: Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Puebla, artículo 105, fracción II."35.- Plazo con el que cuenta el área responsable del trámite para prevenir al solicitante en el caso de que requiera un dato o requisito adicional
10 días hábiles36.- Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención
5 días hábiles37.- ¿Aplica Afirmativa Ficta?
No aplica38.- ¿Aplica Negativa Ficta?
No aplica39.- Criterios de resolución del trámite
Para realizar el trámite es indispensable presentar el Alineamiento y Número Oficial, Dictamen de Uso de Suelo, documentos emitidos por la Secretaria de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana del Municipio de San Pedro Cholula, vigentes; así como el comprobante de pago del Impuesto Predial expedido por la Dirección Predial y Catastro, vigente; y la Factibilidad de agua potable y drenaje y/o comprobante de pago de los servicios de agua y drenaje no mayor a tres meses de antigüedad expedido por el Sistema Operador de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado del Gobierno de San Pedro Cholula SOSAPACH.
40.- Procedente cuando:
Cuando los requisitos establecidos se presentan completos con la información correcta y documentación vigente.41.- Improcedente cuando:
Cuando falte documentación condicionada en trámites previos indicada en el alineamiento y no. oficial y/o en dictamen de uso de suelo. Cuando los requisitos establecidos se presenten incompletos, con información incorrecta, y/o documentación vencida. Cuando el término establecido para la solventación de observaciones haya caducado.42.- ¿El trámite requiere inspección, verificación o visita domiciliaria?
Sí43.- Autoridad que está facultada para realizar inspección, verificación o visita domiciliaria
Dirección de Imagen Urbana, Gestión Ambiental y Asuntos Jurídicos.44.- ¿Cuál es el objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria?
Que el predio no se encuentre en proceso o término de construcción.45.- ¿Qué documentos se deben conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite?
Alineamiento y Número Oficial (vigente).46.- Nombre de la Dependencia o Entidad y la Unidad Administrativa Responsable
Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana / Dirección de Desarrollo Urbano50.- Titular del Área Responsable
C. Fernando Tlapaltotoli Domínguez51.- Cargo
Director52.- Correo electrónico
No aplica53.- Servidores públicos que validan la información
C. María Irma Tulia Toxtli Tepale C. Antonio Enciso Cardoso C. Ezequiel Gómez Jiménez C. Alicia Téllez Huelitl C. Fernando Tlapaltotoli Domínguez54.- Cargo
Auxiliar Administrativo Auxiliar Administrativo Analista Analista Director55.- Correo electrónico
No aplica56.- Nombre de la oficina o recinto
Casa del Pueblo, Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana57.- Tipo de vialidad
Calle58.- Nombre vialidad
2 Norte59.-Número exterior
40360.-Número interior
No aplica61.- Tipo de asentamiento
Oficinas del Ayuntamiento62. Nombre del asentamiento
Casa del Pueblo63.- Nombre de la localidad
Cholula de Rivadavia64.- Nombre del municipio
San Pedro Cholula65.- Nombre del estado
Puebla66.- Código postal
7276067.Correo electrónico de contacto
No aplica68. Teléfono de atención
(222) 7772900, Ex. 291069.- Horario de atención
9:00 a 14:00 horasLugar donde se efectúa el pago
70.- Concepto
Concepto | Monto | ||||||||||
I. Construcción de bardas para la delimitación vertical de hasta 2.50 metros de altura, por metro lineal y hasta 40 metros perimetrales: | $ 19.00 | ||||||||||
a) Por metro lineal excedente o fracción a los 2.50 metros de altura y/o excedente o fracción a los 40 metros perimetrales, debiendo presentar responsiva de director responsable de obra: | $ 57.50 | ||||||||||
II. Colocación de malla, portones y demás elementos para la delimitación vertical, por metro lineal hasta los 2.50 metros de altura y hasta 40 metros perimetrales: | $ 19.00 | ||||||||||
a) Por metro lineal excedente o fracción a los 2.50 metros de altura y/o excedente o fracción a los 40 metros perimetrales, debiendo presentar responsiva de director responsable de obra: | $ 57.50 | ||||||||||
III. Instalación de tapial y elementos similares: | |||||||||||
a) De hasta 2.50 metro de altura, por metro lineal o fracción, por día: | $ 45.00 | ||||||||||
b) Mayor de 2.50 metros de altura, por metro lineal o fracción, por día: | $ 514.00 | ||||||||||
IV. Cisterna, fuente, espejo de agua, aljibe y/o cualquier construcción relacionada con depósitos de agua (habitacional), por m3 o fracción: | $ 105.50 | ||||||||||
V. Cisterna, fuente, espejo de agua, aljibe y/o cualquier construcción relacionada con depósitos de agua (comercial, industrial y de servicios), por m3 o fracción: | $ 205.00 | ||||||||||
VI. Cisterna, fuente, espejo de agua, aljibe y/o cualquier construcción relacionada con depósitos de agua (para uso de alberca), por m3 o fracción: | $ 774.00 | ||||||||||
Aprobación de planos y proyecto para construcción nueva por m2, y/o fracción de construcción: | $ 11.50 | ||||||||||
Por la expedición de licencias de uso de suelo, licencias de construcción de obras materiales, y la suma de los conceptos de: licencia de construcción, aprobación de planos y proyecto, y terminación de obra, se causarán y pagarán, de conformidad con las cuotas siguientes: | |||||||||||
Equipamiento en bienes de dominio público: | $ 0.00 | ||||||||||
Autoconstrucción; habitacional rural, campestre y habitacional popular, interés social y medio (en construcciones nuevas que no excedan 50 m2): | $ 10.40 | ||||||||||
Vivienda con superficie de construcción de 50.01 m2 a 200 m2: | $ 20.00 | ||||||||||
Vivienda con superficie de construcción de 200.01 m2 a 250 m2: | $ 23.00 | ||||||||||
Vivienda con superficie de construcción de 250.01 m2 a 500 m2: | $ 28.50 | ||||||||||
Vivienda con superficie de construcción de más de 500.01 m2: | $ 30.50 | ||||||||||
Por unidad de vivienda en fraccionamientos o condominios de hasta 10 viviendas: | $ 28.50 | ||||||||||
Por unidad de vivienda en fraccionamientos o condominios de 11 a 20 viviendas: | $ 33.50 | ||||||||||
Por unidad de vivienda en fraccionamientos o condominios de 21 a 30 viviendas: | $ 36.50 | ||||||||||
Por unidad de vivienda en fraccionamientos o condominios de 31 a 50 viviendas: | $ 41.00 | ||||||||||
Por unidad de vivienda en fraccionamientos o condominios de 50 a más viviendas: | $ 43.00 | ||||||||||
Edificios o desarrollos industriales, almacenes o bodegas en categoría ligera: | $ 17.00 | ||||||||||
Edificios o desarrollos industriales, almacenes o bodegas en categoría media: | $ 20.00 | ||||||||||
Edificios o desarrollos industriales, almacenes o bodegas en categoría pesada: | $ 32.50 | ||||||||||
Habitacional comercial: | $ 45.00 | ||||||||||
Construcción de frontones por m2: | $ 7.30 | ||||||||||
Plantas de tratamiento, fosa séptica y cualquier construcción destinada al tratamiento o almacenamiento de residuos sólidos o líquidos (reciclaje): | $ 114.50 | ||||||||||
Incinerador para residuos infecto-biológicos (previa factibilidad de operación): | $ 2321.50 | ||||||||||
Incinerador para residuos orgánicos e inorgánicos no infecciosos: | $ 1208.50 | ||||||||||
Establecimiento para el manejo especial de residuos o residuos peligrosos: | $ 56.50 | ||||||||||
Locales comerciales o de servicios con superficies de hasta 60 m2. | $ 38.50 | ||||||||||
Locales comerciales o de servicios con superficie mayor a 60 m2: | $ 41.00 | ||||||||||
Vinatería, restaurante con venta de bebidas alcohólicas, bar, cantina, pulquerías, centro de reunión y/o diversión, tiendas de autoservicio, comercios con venta de bebidas alcohólicas en botella cerrada no mayor a 6 GL, depósitos de cerveza: | $ 44.00 | ||||||||||
Discoteca y salas de baile: | $ 49.00 | ||||||||||
Heladerías, cafeterías y/o fondas o cocinas económicas: | $ 41.00 | ||||||||||
Áreas de recreación: | $ 28.50 | ||||||||||
Instituciones financieras y bancos: | $ 28.50 | ||||||||||
Casas de cambio y casas de empeño: | $ 28.50 | ||||||||||
Servicios educativos: | $ 28.50 | ||||||||||
Universidades, posgrados, centros de especialización o regulación académica: | $ 28.50 | ||||||||||
Servicios de salud y/o veterinarias, no mayores a 50m2: | $ 28.50 | ||||||||||
Servicios de culto: | $ 28.50 | ||||||||||
Spa: | $ 28.50 | ||||||||||
Crematorio de personas | $ 57.00 | ||||||||||
Crematorio de mascotas | $ 55.00 | ||||||||||
Conjuntos comerciales o de servicios construidos en forma vertical, horizontal, o mixta mayor a 50 m2 y no mayor a 10 unidades susceptibles de aprovechamiento independientemente del régimen de propiedad: | $ 44.00 | ||||||||||
Conjuntos comerciales o de servicios construidos en forma vertical, horizontal, o mixta mayor a 1,000 m2 o mayor a 10 unidades susceptibles de aprovechamiento independientemente del régimen de propiedad: | $ 45.00 | ||||||||||
Servicios de comunicación y/o centros de atención a clientes: | $ 28.50 | ||||||||||
Servicios de transporte urbano y suburbano de pasajeros: | $ 28.50 | ||||||||||
Construcciones mixtas: | $ 45.00 | ||||||||||
Desarrollos mixtos (habitacional y comercial o de servicios) mayor a 50 m2 y no mayor a 10 unidades susceptibles de aprovechamiento independientemente del régimen de propiedad: | $ 46.00 | ||||||||||
Desarrollos mixtos habitacional y comercial o de servicios mayor a 1,000 m2 o mayor a 10 unidades susceptibles de aprovechamiento independientemente del régimen de propiedad: | $ 44.00 | ||||||||||
Todo establecimiento que almacene y/o distribuya gas L.P. o natural en cualquiera de sus modalidades, superficie construida m2 y en el caso de los tanques de almacenamiento m3: | $ 49.00 | ||||||||||
Todo establecimiento que almacene y/o distribuya gasolina, diésel y/o petróleo superficie construida por m2 y en caso de los tanques de almacenamiento por m3: | $ 49.00 | ||||||||||
Almacenamiento y/o comercio al por mayor de productos derivados del petróleo (exceptuando combustibles): | $ 43.00 | ||||||||||
Hotel: | $ 28.50 | ||||||||||
Salón social, cinemas, balnearios, baños públicos, bibliotecas privadas, museos privados, centros deportivos privados, gimnasios privados, teatros privados, deportes extremos, boliche, billares y acuario: | $ 29.50 | ||||||||||
Restaurante sin venta de bebidas alcohólicas: | $ 28.50 | ||||||||||
Motel, autohotel y hostal: | $ 28.50 | ||||||||||
Pensión, casa de huéspedes y/o zonas de acampar: | $ 28.50 | ||||||||||
Cabaret: | $ 52.00 | ||||||||||
Servicios para salas de apuestas de número y/o centros de apuestas remotas: | $ 72.00 | ||||||||||
Banco de extracción de material: | $ 45.00 | ||||||||||
Comercios y servicios tipo 1: | $ 45.00 | ||||||||||
Comercios y servicios tipo 2: | $ 45.00 | ||||||||||
Agroindustria: | $ 45.00 | ||||||||||
Microindustria: | $ 45.00 | ||||||||||
Comercio de barrio: | $ 35.50 | ||||||||||
Estructura para anuncios espectaculares de piso y/o torres de telecomunicaciones pagarán teniendo como referencia los m2 o fracción del área ocupada por la base o la proyección horizontal de la estructura, lo que resulte mayor, más la longitud de la altura de la estructura: | $ 235.50 | ||||||||||
Tanque enterrado para uso distinto al de almacenamiento de agua potable (productos inflamables o tóxicos) con excepción de gasolineras: | $ 40.00 | ||||||||||
Estacionamientos, patios de maniobras, andenes y/o helipuertos en cualquier tipo de inmuebles privados descubiertos, excluyendo los habitacionales: | $ 32.50 | ||||||||||
Estacionamientos patios de maniobras, andenes y/o helipuertos en cualquier tipo de inmuebles públicos descubiertos, excluyendo los habitacionales: | $ 54.50 | ||||||||||
Estacionamientos, patios de maniobras, andenes y helipuertos en cualquier tipo de inmuebles privados cubiertos, excluyendo los habitacionales: | $ 40.00 | ||||||||||
Estacionamientos, patios de maniobras, andenes y helipuertos en cualquier tipo de inmuebles públicos cubiertos, excluyendo los habitacionales: | $ 64.50 | ||||||||||
Instalación, arreglo y tendido de líneas en vía pública y/o privada en su caso de gas L.P., gas natural, fibra óptica, telefonía por ml: | $ 21.00 | ||||||||||
Presas o represas, estaciones de bombeo, subestación eléctrica, torres de transmisión de energía eléctrica, estación de recepción y distribución de señal, estación de regulación y/o repetición de señal: | $ 237.50 | ||||||||||
Construcciones no incluidas en los incisos anteriores de esta fracción por m2 o m3, según sea el caso, para un destino comercial: | $ 44.00 | ||||||||||
Construcciones no incluidas en los incisos anteriores de esta fracción por m2 o m3, según sea el caso, para un destino de servicios: | $ 30.50 | ||||||||||
Adecuaciones al interior de locales comerciales: | $ 34.50 | ||||||||||
Por la autorización de permisos de construcción de nuevas edificaciones, cambio de régimen de propiedad que requieran nueva licencia, independiente del pago de derechos que exige esta Ley, deberán pagar para obras de infraestructura por m2. | $ 25.00 | ||||||||||
En construcciones, por aumento de Coeficiente de Ocupación del Suelo autorizado por la Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana, se causará y pagará por cada metro cuadrado o fracción aumentados: | $ 271.50 | ||||||||||
En construcciones, por aumento de Coeficiente de Utilización de Suelo autorizado por la Secretaría de Desarrollo Urbanístico, Ordenamiento Territorial e Imagen Urbana, se causará y pagará por cada metro cuadrado o fracción aumentados: | $ 271.50 | ||||||||||
Cambio de densidad, previo estudio urbano territorial, se causará y pagará por m2 o fracción: | $ 274.00 | ||||||||||
Por la recepción, evaluación y dictaminación del informe de medidas de mitigación y compensación ambiental de obras no mayores a 1,499 m2 de construcción, se causarán y pagarán de conformidad con las cuotas siguientes: | |||||||||||
I. 50 m2 a 150 m2: | $ 342.50 | ||||||||||
II. 150.01 m2 a 500 m2: | $ 570.00 | ||||||||||
III. 500.01 m2 a 1,000 m2: | $ 913.50 | ||||||||||
IV. 1,000.01 m2 a 1,499 m2: | $ 1,141.00 | ||||||||||
V. Reimpresión de dictamen de medidas de mitigación y compensación ambiental: | $ 232.00 | ||||||||||
Por pago de medida de mitigación ambiental para construcciones, a razón de 3 árboles por cada 50 m2, se pagará por cada árbol: | $ 331.00 | ||||||||||
Venta de formatos de uso múltiple: | $ 35.50 |
71.- Monto
El indicado en el número 70 de la tabla anterior.72.- Lugares donde se puede realizar el pago
73.- Domicilio del lugar donde se efectúa el pago
74.-Vigencia y Otros métodos de pago
5 días hábiles.
75.- Datos del método de pago
El cálculo del monto resulta de la suma de los productos de los metros lineales, metros cuadrados y/o metros cúbicos de construcción por los conceptos correspondientes, más los conceptos establecidos por mitigación ambiental, más la suma del formato de uso múltiple.
76.- Momento en que se debe realizar el pago
El pago se realiza al final del trámite.77.- Fundamento legal para su cobro
Ley de Ingresos del Municipio de San Pedro Cholula para el Ejercicio Fiscal 2024, artículo 17, fracción I, inciso a), fracción II, inciso a), fracción III, incisos a) y b), fracciones IV, V, VI, artículo 21, fracción I, numerales 1, 2, 3, 4, 5, fracción XII, artículos 22, 23 y 24, artículo 27, fracción V, artículo 28, fracción IV, artículo 33, artículo 61, fracciones I, II, III, IV, V, artículo 62, 87 fracción III.
78.-Medios electrónicos de comunicación para el envío de consultas y documentos
No aplica79.- Domicilio físico para el envío de consultas y documentos
No aplica80.- Otro medio que permita el envío de consultas y documentos
No aplica81.- Protesta Ciudadana
Presenta tu Protesta Ciudadana si te negaron injustificadamente tu trámite y/o servicio, están solicitando requisitos adicionales o el tiempo de respuesta es mayor a los registrados en la ficha informativa del trámite.
Presencial: Subcontraloría de Mejora Regulatoria de la Contraloría Municipal ubicada en Portal Guerrero No. 3 Altos Col. Centro, San Pedro Cholula, Puebla
Telefónica: (222) 7772900, Ext. 2932
82.- Quejas o denuncias
Si eres víctima de actos de corrupción por parte de un servidor público al realizar tu trámite denúncialo.
Presencial: Subcontraloría de Quejas, Denuncias y Evolución Patrimonial de la Contraloría Municipal ubicada en Portal Guerrero No. 3 Altos Col. Centro, San Pedro Cholula, Puebla
Sitio Web: https://cholula.gob.mx/denuncia-servidores-publicos
83.- Instancia para presentar una impugnación de un trámite o servicio
84.- Nombre del Aviso de Privacidad
Aviso de Privacidad Integral para Licencia de Construcción de Obra Mayor a 50 m2.85.- Fecha de publicación del aviso de privacidad
14-oct-2286.- Link de descarga
Aviso de Privacidad Integral para Licencia de Construcción de Obra Mayor a 50 m2.87.- Observaciones
Con fundamento en los artículos 43, 44 fracción IV, 46 y 47 de la Ley General de Mejora Regulatoria, los sujetos obligados no podrán aplicar trámites o servicios adicionales a los establecidos en el Registro, ni podrán exigir requisitos adicionales en forma distinta a como se inscriban en el mismo.
Los datos que se inscriban tendrán carácter público, además de ser vinculantes para los sujetos obligados. La legalidad y el contenido de la información que inscriban son de su estricta responsabilidad. La omisión o falsedad de la información que los sujetos obligados inscriban en el Registro Municipal de Trámites y Servicios, será sancionado en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Fecha de validación:
Viernes, 13 Septiembre 2024
Fecha de actualización: