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    Alerta Volcánica: Amarillo Fase 2

TRAMITES Y SERVICIOS

Unidad Administrativa: Secretaria Ayuntamiento

Regularización de Predios Rústicos, Urbanos y Suburbanos en el Régimen de Propiedad Privada

2.- Clave de Registro del trámite o servicio: SPCH/SAYTO/TRA/21
3.- Acto Administrativo: Trámite

4.- Tipo de Usuario o población a quien va dirigido el trámite o servicio

Personas que se encuentren en posesión de predios no regularizados dentro del Municipio de San Pedro Cholula

5.- Tema

Regularización de Predios

6.- Clasificación

Ciudadano

7.- Objetivo del trámite

 Regularizar predios que carezcan de escritura Publica contemplados en el Municipio de San Pedro Cholula. 

8.- ¿En que casos debe presentarse el trámite o servicio?

Cuando el Predio carece de certeza jurídica (no cuenta con escritura) y se encuentra en posesión por mas de 10 años 

9.- Documento que se obtiene

Título de Propiedad

10.- Vigencia del documento que se obtiene

Hasta cambio de Propietario

11.- Requiero cita para realizar el trámite o servicio

No aplica

12. Medio por el que pueden agendar cita

No aplica

13.- Descripción de la Modalidad

No aplica

II.- Fundamento legal para la aplicación del trámite

14.- Normatividad aplicable

Ley para la Regularización de Predios Rústicos, Urbanos y Suburbanos en el Régimen de Propiedad Privada del Estado de Puebla 

III.- Requisitos

15.- Requisito básico 16.- Descripción del Requisito y de la instancia que lo emite 17.- Presentación del Requisito
Constancia de Posesión o contrato privado de compraventa, donación, permuta o sesión de derechos.  El contrato privado de enajenación de derechos del predio a regularizar, el cual puede ser compraventa, donación, permuta o cesión de derechos incluyendo fecha cierta de la posesión del predio a titulo de dueño, el cual deberá ser mayor a 10 años. La constancia que acredite la causa generadora de posesión emitida por el Juez Municipal con vigencia no mayor a 90 días incluirá fecha cierta de la posesión mayor a 10 años..  Original y copia 
Acta de nacimiento  Expedido por el Registro Civil de las Personas  Copia o en formato digitalizado 
Copia de identificación Oficial vigente con fotografía  INE, Pasaporte  y/o Cartilla Militar  Copia
Clave Única de Registro de Población (CURP) Expedida por la Dirección General del Registro Nacional de Población e Identidad  con vigencia no mayor a tres meses   Digital 
Formato requisitado de colindantes  formato expedido por la Dirección de Tenencia de la Tierra y Población del Estado de Puebla, el cual deberá de anexar firma del colindante así como copia de Identificación Vigente con Fotografía (INE) Original y copia 

Requisitos por Modalidad:

18.- Requisito básico 19.- Descripción del Requisito y de la instancia que lo emite 20.- Presentación del Requisito
No aplica No aplica No aplica 

Supuestos generales del trámite que requieren algún requisito adicional

21.- Supuesto general 22. Requisito adicional 23.- Descripción del Requisito e instancia que lo emite 24.- Presentación del Requisito
En caso de que el trámite lo realice migrantes Carta poder  Emitida por una notaria extranjera o Consulado Mexicano  Original
En caso de que realice el trámite instituciones públicas Poder notarial del representante legal Acreditado mediante Instrumento Jurídico correspondiente protocolizado o documento oficial expedida por Autoridad Competente Copia 

IV.- Pasos a seguir por modo de atención

25.- Presencial

Acudir a la Secretaria del Ayuntamiento, en ventanilla municipal, con los requisitos señalados

26.- En línea

No aplica

27.- Telefónica

No aplica

V.- Formatos para la gestión del trámite

28.- Nombre del formato(s) para la gestión del trámite o servicio

  • Formato de ingreso para Particulares
  • Formato de Ingreso para migrantes
  • Formato de ingreso para instituciones Públicas

29.- Clave de registro

No aplica

30.- Fecha de publicación

No aplica

31.- Link de descarga

No aplica

32.- ¿El trámite se presenta mediante escrito?

No aplica

33.- Información que debe contener el escrito libre

No aplica

VI.- Plazos para la conclusión del trámite

34.- Plazo máximo de respuesta

No aplica

35.- Plazo con el que cuenta el área responsable del trámite para prevenir al solicitante en el caso de que requiera un dato o requisito adicional

No aplica

36.- Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención

No aplica

37.- ¿Aplica Afirmativa Ficta?

No aplica

38.- ¿Aplica Negativa Ficta?

No aplica

VII.- Criterios generales del trámite

39.- Criterios de resolución del trámite

Los documentos se deberán presentar completos y en original para la gestión del Título de Propiedad de igual modo es importante recalcar que, para poder realizar los tramites es necesario la presencia de dos testigos (no familiares) para corroborar que la posesión del predio la a obtenido por mas de 10 años. 

40.- Procedente cuando:

Que cuente con todos y cada uno de los requisitos

41.- Improcedente cuando:

No procede cuando no cuenta con los requisitos ya mencionados así como la falta de algunos de los elementos del procedimiento o exceda el valor catastral a 1 050 000,00.

42.- ¿El trámite requiere inspección, verificación o visita domiciliaria?

Si

43.- Autoridad que está facultada para realizar inspección, verificación o visita domiciliaria

Protección Civil, Desarrollo urbano, Dirección de Catastro y predial así como arquitectos por Tenencia de la Tierra y Población del Estado de Puebla.

44.- ¿Cuál es el objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria?

Verificar la información proporcionada en los requisitos

45.- ¿Qué documentos se deben conservar para fines de acreditación, inspección y verificación con motivo del trámite?

La expedición de constancia de zona de no riesgo, alineamiento y número oficial, registro, manifiesto y avaluó catastral así como levantamiento topográfico.

VIII.- Área responsable del trámite

46.- Nombre de la Dependencia o Entidad y la Unidad Administrativa Responsable

Secretaria del Ayuntamiento
47.- Domicilio: Portal Guerrero núm.. 3 colonia Centro C. P. 72760
48.- Teléfono de Oficina: 222 777 2900 ext. 2942
49.- Horario de Atención: 222 777 2900 ext. 2942

50.- Titular del Área Responsable

C. Jorge Alberto Ojeda Morales

51.- Cargo

Secretario del Ayuntamiento

52.- Correo electrónico

.

53.- Servidores públicos que validan la información

C. Isabel Nocelotl Acuahuitl

54.- Cargo

Enlace Operativo

55.- Correo electrónico

.

IX.- Lugares donde se gestiona el servicio

56.- Nombre de la oficina o recinto

Secretaria del Ayuntamiento departamento de Ventanilla Municipal

57.- Tipo de vialidad

Corredor

58.- Nombre vialidad

Portal Guerrero

59.-Número exterior

3

60.-Número interior

No aplica

61.- Tipo de asentamiento

San Pedro Cholula

62. Nombre del asentamiento

San Pedro Cholula

63.- Nombre de la localidad

San Pedro Cholula

64.- Nombre del municipio

San Pedro Cholula

65.- Nombre del estado

Puebla

66.- Código postal

72760

67.Correo electrónico de contacto

No aplica

68. Teléfono de atención

222 777 2900

69.- Horario de atención

222 777 2900 ext. 2942

Lugar donde se efectúa el pago

X.- Costo del trámite

70.- Concepto

Concepto Monto
Pago por inspecciones y documentos expedidos por municipio de San Pedro Cholula $ 805.00
Pago por Título de Propiedad al Estado de Puebla $ 2,415.00

71.- Monto

Lo establecido en la tabla anterior del punto 70

72.- Lugares donde se puede realizar el pago

  1. Cajas de cobro del H. Ayuntamiento 
  2. Bancos: Bajío, Banco Azteca, Banorte, BBVA, Citibanamex, HSBC, Santander, Scotiabank y Financiera Bienestar (Telecomm)

73.- Domicilio del lugar donde se efectúa el pago

  1. Portal Guerrero núm.. 3 colonia Centro C. P. 72760
  2. Sucursales admitidas 

74.-Vigencia y Otros métodos de pago

No aplica

75.- Datos del método de pago

No aplica

76.- Momento en que se debe realizar el pago

Al obtener constancia de Inexistencia de predio emitida por Registro Público de la Propiedad

77.- Fundamento legal para su cobro

Ley de Ingresos del Estado de Puebla 2024, Capitulo II, artículo 117. 

XI.- Datos de contacto para el envío de consultas, documentos y quejas

78.-Medios electrónicos de comunicación para el envío de consultas y documentos

No aplica

79.- Domicilio físico para el envío de consultas y documentos

No aplica

80.- Otro medio que permita el envío de consultas y documentos

No aplica

XII.- Medios para presentar inconformidades, quejas o denuncias con motivo del trámite o servicio

81.- Protesta Ciudadana

Presenta tu Protesta Ciudadana si te negaron injustificadamente tu trámite y/o servicio, están solicitando requisitos adicionales o el tiempo de respuesta es mayor a los registrados en la ficha informativa del trámite.

Presencial: Subcontraloría de Mejora Regulatoria de la Contraloría Municipal ubicada en Portal Guerrero No. 3 Altos Col. Centro, San Pedro Cholula, Puebla

Telefónica: (222) 7772900, Ext. 2932

Correo Electrónico: .

82.- Quejas o denuncias

Si eres víctima de actos de corrupción por parte de un servidor público al realizar tu trámite denúncialo.

Presencial: Subcontraloría de Quejas, Denuncias y Evolución Patrimonial de la Contraloría Municipal ubicada en Portal Guerrero No. 3 Altos Col. Centro, San Pedro Cholula, Puebla

Correo Electrónico: .

Sitio Web: https://cholula.gob.mx/denuncia-servidores-publicos

XIII. Medios de impugnación

83.- Instancia para presentar una impugnación de un trámite o servicio

XIV. Transparencia

84.- Nombre del Aviso de Privacidad

No aplica

85.- Fecha de publicación del aviso de privacidad

No aplica

86.- Link de descarga

No aplica

XV.- Aspectos a considerar

87.- Observaciones

Con fundamento en los artículos 43, 44 fracción IV, 46 y 47 de la Ley General de Mejora Regulatoria, los sujetos obligados no podrán aplicar trámites o servicios adicionales a los establecidos en el Registro, ni podrán exigir requisitos adicionales en forma distinta a como se inscriban en el mismo.

Los datos que se inscriban tendrán carácter público, además de ser vinculantes para los sujetos obligados. La legalidad y el contenido de la información que inscriban son de su estricta responsabilidad. La omisión o falsedad de la información que los sujetos obligados inscriban en el Registro Municipal de Trámites y Servicios, será sancionado en términos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Fecha de validación:
Lunes, 09 Septiembre 2024

Fecha de actualización: